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miércoles, 6 de abril de 2022

Posicionamiento de Presunción de Inocencia y Derechos Humanos, A.C., en el “Foro: Análisis en el Estado de México



#Edomex #amnistia #PJEM 

#PIDH #DH #CNDH #LeyDeAmnistia 

Por: José Humbertus Pérez Espinoza 

Inicio mi posicionamiento en mencionar que yo fui víctima de la fabricación de 4 carpetas por delitos que no cometí y afirmó que esto no lo podrá negar el director general de Litigaciones de la FGJEM Fernando Ulises Cárdenas Uribe (quien fue responsable por ordenes de Eruviel Ávila Villegas y el fiscal general del Estado de México Alejandro Jaime Gómez Sánchez), para que, en el recurso de apelación, me quitaran la no vinculación a proceso.

Siguiendo con mi reflexión quiero destacar mi reconocimiento al éxito que a tenido la Ley de Amnistía del Estado de México por los delitos establecidos en el artículo 4, estos logros no serían una realidad para miles de familias y personas privadas de la libertad, sin la participación, apertura, reconocimiento y la sensibilidad para hacer cumplir la justicia del Dr. Ricardo Sodi Cuellar, y de los jueces de ejecución de sentencias de los diversos distritos judiciales.

Así mismo quiero compartir lo señalado por la maestra Mirna A. García Morón presidenta del CODHEM, cuando señala que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) no considera otorgar beneficios o amnistía cuando se cometan delitos que atenten contra la vida, la libertad o la integridad personal, Presunción de Inocencia y Derechos Humanos, A.C. (PIDH), no defiende a personas que cometen homicidios, secuestro, violaciones, extorsiones, y diversos robos con la modificativa de violencia.

Para fundamentar mi postura señalé que la misma Corte IDH, establece en diversas jurisprudencias el reconocimiento a inocentes por diversos delitos que no han cometido, destacando los de alto impacto a los que me referí en el párrafo anterior, toda vez que los delitos fabricados nacen de las detenciones ilegales, tortura, tratos crueles e inhumanos también conocidos como delitos de lesa humanidad.

Nuestras Solicitudes de Amnistía fundamenta sus peticiones por delitos de alto impacto a partir del Control de Convencionalidad, que se materializa en las jurisprudencias emitidas por la Corte IDH.

Así mismo nuestra Solicitud de Amnistía resuelve que se entiende por casos que por su relevancia debe de conocer la Comisión en Materia de Amnistía de la LXI legislatura del Estado de México, PIDH tuvo que resolver estas deficiencias de los lineamientos de la Ley de Amnistía que expidió la citada Comisión Especial.

En este acto critico las posturas de incumplimiento e irresponsabilidad de los diputados Sergio García Sosa actual presidente, y del expresidente Gerardo Ulloa Pérez, que como titulares de la Comisión Especial en Materia de Amnistía de la LX y LXI legislatura, no han dado cumplimiento a las disposiciones normativas que ellos mismo legislaron, y que en ninguna de las dos presidencias han convocado a reuniones periódicas y no han querido conocer de las dos Iniciativas de Reforma para darles más facultades, para que se integren a este trabajo un grupo de expertos de países de América Latina, en donde el Sistema de Justicia Penal Acusatorio ha sido exitoso, como Chile, Colombia, Argentina, Guatemala, Perú y también expertos en México que han realizado trabajos exitosos sobre las y los operadores de justicia.

En el caso del ex presidente de la Comisión Especial en Materia de Amnistía el diputado Gerardo Ulloa Pérez prefirió irse a campaña para buscar su reelección que expedir los lineamientos, mismos que se publicaron hasta el 1 de julio de 2021, en el caso del diputado Sergio García Sosa actual presidente, no a querido corregir las insuficiencias de los citados lineamientos, que son omisos, obscuros y no definen que son los casos que por su relevancia deberán de conocer.

Lo más grave que hasta la fecha no se realizaron los análisis respectivos para turnar de manera correcta a que organismos de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, Poder Judicial del Estado de México, Fiscalía General del Estado de México, la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos del Estado de México, que contempla el artículo 17 de la Ley de Amnistía deberían de conocer y resolver las opiniones consultivas.

También es de destacar que se puntualizó que en el Diario Oficial del lunes 5 de febrero de 2017, el Constituyente de Origen que expidió la Constitución y le otorgó las facultades Constituciones al Congreso para conceder la Amnistía, esto quedo legislado a rango Constitucional en el artículo 73, fracción XXII de la Carta Magna, que señala el Congreso tiene facultad XXII “Para conceder amnistías por delitos cuyo conocimiento pertenezca a los tribunales de la Federación”.

Así mismo el Constituyente de origen que expidió la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en su artículo 61, fracción XXXVIII, también le otorgó la facultad Constitucional a la Legislatura para conceder Amnistía por delitos de las competencias de los tribunales del Estado, este principio Constitucional fue publicado en el periódico oficial Gaceta de Gobierno del Estado de México, los días 10, 14 y 17 de noviembre de 1917.

En la exposición que realizó hago destacar que tanto el artículo 73, fracción XXII, de la Carta Magna y 61 fracción XXXVIII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, no han sido reformados desde que el Constituyente de origen en ambas constituciones les otorgó estas facultades a los poderes legislativos, tanto federal como local.

No es posible que ante los cuestionamientos que hicimos de los incumplimientos a ambos legisladores, en su replica final el diputado Sergio García Sosa, no haya entendido que en ningún momento los constituyentes de origen de ambas constituciones, le otorgaron el  conceder las Amnistías a los poderes judiciales, tanto de la Federación como del Estado de México, en este sentido es por eso que se tienen que expedir nuevos lineamientos para que armonicen lo dispuesto principalmente los artículos 16, 17 y 18 de la Ley de Amnistía, porque incluso el último dispositivo establece que una vez que concluyan las opiniones consultivas, la Comisión Especial en Materia de Amnistía turnará a la autoridad judicial y procuradora de justicia la recomendación legislativa.

Esta última parte no queda clara en lo que estableció el legislador ordinario, y no tendría porque serlo, porque precisamente las particularidades de las normas se presentan en su reglamentación  o en sus lineamientos, es precisamente la recomendación legislativa  la que deberá de facultar a la Comisión Especial en Materia de Amnistía para otorgar las Amnistía; armonizar la recomendación legislativa para otorgar la Amnistía como lo establecen las facultades que les otorga los Constituyente de Origen que expidieron ambas Constituciones.

Aclarando que los legisladores saben bien el poder que les otorgó los Constituyentes de Origen, pero no quieren ejercerlo porque no quieren, porque ignoran como hacerlo o porque les ordenan no realizarlo, finalmente se aclaró que estos lineamientos tienen que expedirse para regular el procedimiento legislativo que habrá de aplicarse para los delitos de alto impacto

En el caso de la CODHEM, se realizaron y se expidieron nuevas reglamentaciones normativas y la titular Mirna A. García Morón, realizó notificaciones a PIDH, del cambio de número de expedientes y la Visitaduría Especializada que atenderán los casos de Amnistía.

Ante estos cambios, la expedición de los  nuevos lineamientos por parte de la Comisión Especial en Materia de Amnistía de la LXI Legislatura, debería llevar a que el 90% las opiniones consultivas se le deberían de turnar a la FGJEM, por la graves violaciones a los derechos humanos, por: detenciones arbitrarias, actos de tortura, tratos crueles e inhumanos, falta de investigación inicial y complementaría con las supuestas detenciones en flagrancia o caso urgente, que lleva a miles de falsos culpables a un proceso de juicio oral con datos de prueba y no con pruebas.

Este mal desempeño se explico con lo publicado por el Cuaderno de Investigación número 73, expedido en marzo de 2021 por el Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República, que en el Foro “El Sistema de Justicia Penal en México, ¿en donde estamos y hacia donde vamos?”, que en el índice de desempeño de las procuradurías de justicia y fiscalías en materia penal en México, se destaca que el mejor desempeño lo tiene en primer lugar Chihuahua, con el 83.12%, en el 29º lugar el Estado de México con un mediocre desempeño del 39.26%, y la Ciudad de México no rebasa la media nacional en el lugar número 19, con el 50.93%, no obstante que fueron las entidades federativas que más recursos de Fondos Federales como el FASP, se destinaron para la instalación y consolidación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio.

Por eso se explico que el Estado de Chihuahua tiene la tasa más baja de denuncias por tortura del país, tasa más alta de procesos iniciados “por no flagrancia”, sino por orden de aprehensión porque hubo investigación, entre más alto es el índice de detenciones en flagrancia, más delitos fabricados se presentan, el Estado de Chihuahua tiene la tasa más alta de procesos en el juicio oral se desahoga con prueba científica, y no con pruebas incompletas e insuficientes como se resuelven los procesos penales en el Estado de México, que con una imputación eres condenado por delitos de alto impacto y como falsos culpables.


A t e n t a m e n t e


Presunción de Inocencia y Derechos Humanos, A.C.

viernes, 19 de septiembre de 2014

Posicionamiento del diputado Jorge Gaviño Ambriz Sesión Solemne del 19 de septiembre de 1985

México D. F. a 19 de septiembre de 2014.   En apenas cuatro o cinco horas, se conforma una “sociedad de los escombros” que, angustiada y generosa, no se somete a las dilaciones burocráticas, guiada en su invención fulgurante de técnicas por la obsesión de hurtarle vidas a la catástrofe. Los contingentes desesperados se vuelven un asomo (vigorosísimo) de sociedad civil al descubrirse las potencialidades de las masas (el orden de la ciudad garantizado y más de 1 500 vidas salvadas). Cada persona que se extrae de los túneles y los hoyos es epopeya compartida unánimemente. Nunca en la capital han sucedido fenómenos tan dramáticos ni respuestas tan emocionadas. Carlos Monsiváis.

El día de hoy recordamos a 29 de años de sucedidos, los dramáticos momentos del 19 de septiembre de 1985. A las 7 con 19 minutos de esa mañana un macro-sismo de magnitud 8.1 en la escala de Richter sacudió no sólo los cimientos y los edificios de la ciudad de México, sino también las conciencias y las estructuras sociales y políticas del país.

La catástrofe natural cobró miles de vidas, quizá nunca conoceremos la cifra exacta, ya que de 2,000 que se reconocieron por las cifras oficiales, se va hasta a más de 20,000 que se manejan en otras fuentes, además de 40,000 heridos. Ante la inercia gubernamental, que no salía de su asombro y pasmo, surgió una ola de solidaridad que cubrió todas las plazas y avenidas de la ciudad e inundó con su movilización los espacios públicos, arrebatándole la iniciativa a la autoridad. Miles de jóvenes, de ciudadanos, de mujeres y de hombres salieron a remover los escombros en busca de la vida y la esperanza.

Aún no se recobraba la ciudad de ese golpe, cuando el 20 de septiembre a las 19:38 horas se produce un segundo sismo, este de intensidad 7.3 en la escala Richter. Si el primero destruyó edificaciones, el segundo demolió la moral de la ciudad, las personas salieron de sus casas, de sus negocios, y de las oficinas aterrorizadas, se alzaban plegarias al cielo y se preguntaban hasta cuándo terminaría ese castigo de la naturaleza. Pero no obstante la adversidad, el ánimo se repuso y se continuó desatando el caudal de la solidaridad y de la movilización ciudadana para rescatar vidas y dignidad.

El 27 de septiembre de ese año, apenas una semana después de la catástrofe, 30,000 personas desfilaron hacia los Pinos, en silencio, con cascos y tapabocas, símbolos de los esfuerzos rescatistas, demandan la expropiación de los predios dañados, y que se otorguen créditos accesibles para reconstruir las miles de viviendas dañadas o destruidas por los sismos.

Un informe provisional fechado el 2 de octubre de 1985, da cuenta de los daños a la infraestructura. 2,831 edificaciones habían sufrido daños, 880 habían quedado en ruinas, 370 eran habitables previas de reparaciones, y 1581 eran recuperables con reparaciones menores.

Los daños causados por los sismos ascendieron a   4, 000 millones de dólares, de los cuales 1,500 millones correspondieron al sector social (viviendas, salud, educación), 1,200 millones a edificios públicos, más de 300 millones en medios de comunicació0n, 200 millones  para el turismo, incluyendo hoteles, 400 millones para las pequeñas y medianas empresas y 220 millones en cuestiones relacionadas directamente en la atención de la crisis.
Pero lo más importante, vidas humanas

Un Decreto Expropiatorio el 11 de octubre de 1985, afectando a más de 5,000 predios.

Se constituye la Coordinadora Única de Damnificados, agrupando a cerca de 40 organizaciones vecinales.

El 14 de octubre de 1985, se emite el Decreto que creó el Programa Emergente de Renovación Habitacional en el Distrito Federal.

Se firmó el Convenio de Concertación Democrática para la Reconstrucción, con dirigentes de 52 organizaciones de damnificados.

Se estableció las condiciones para la construcción y reparación de las viviendas a través de más de 40,000 acciones en beneficio de cerca de 250 mil personas.

Se instalaron 131 albergues y 72 campamentos, con módulos de 18 metros cuadrados.
En el Programa Emergente se definieron más de 44 mil acciones, que comprendieron la construcción o reconstrucción de más de 28 mil viviendas, 11 mil rehabilitaciones y alrededor de 4,500 reparaciones menores.
Nunca se había hecho tanto en tan poco…
Los Programas resultaron insuficientes para satisfacer las demandas y contener la presión social.

Se acordó el Programa Emergente de Vivienda Fase II.

Además de los cambios sociales y políticos de aquellas jornadas, entre las cuales, sin duda podemos contar a esta representación soberana, como expresión del vigoroso movimiento democrático surgido en aquellos años, también podemos señalar la cultura de la protección civil, el cambio de paradigma, se institucionalizó en todo el país, no sólo en normas sino en prácticas, que ya forman parte de nuestra vida cotidiana, así como una cultura de la prevención que va desde la creación del Fondo de Desastres Naturales, hasta los simulacros que ahora desarrollamos en nuestros trabajos, escuelas, negocios y oficinas.


Seguramente hoy estamos más preparados para enfrentar un sismo de esa magnitud.
A 29 años de aquellos duros y dramáticos días, seguramente cada quien tiene una anécdota, un recuerdo, un pasaje que mencionar; hasta aquellos que lamentaron la pérdida de su casa, su escuela, su lugar de trabajo o la muerte o desaparición de un familiar o un amigo. 29 años son ya muchos, pero no podemos olvidar, no debemos olvidar a la gran protagonista de esos días de dolor y luto, de amor y de esperanza y de sombras y de luces, y que fue la sociedad civil que emergió con la bandera de la solidaridad. A la que sacó de los escombros a los muertos y a los vivos, a la que levantó el puño en las manifestaciones, a la que gritó por sus derechos en las calles, a esta sociedad, a la que representamos y a la que el día de hoy honramos por aquellos días, porque no se rindió y porque no dejo morir a la ciudad de México patrimonio de nuestros antepasados y que ahora debemos preservar para nuestros hijos.


Termino con un pasaje de Juan Sabines:

Déjame reposar,
aflojar los músculos del corazón
y poner a dormitar el alma
para poder hablar,
para poder recordar estos días,
los más largos del tiempo.
No podrán dormir,
No podrán dormir.
Yo digo, no podrán morir.

Muchas Gracias.